Eliminadas las tasas judiciales para las personas físicas

IMPORTANTE: Nuestros clientes han de conocer que por Real Decreto-Ley 1/2015 de 27 de febrero, HAN DESAPARECIDO LAS TASAS JUDICIALES, estando exentas del pago de las tasas para el ejercicio de la potestad jurisdiccional las personas físicas en todos los supuestos (no así las personas jurídicas) lo que permite y favorece el ejercicio de los derechos y la interposición de acciones judiciales ante los tribunales, sin que exista ya traba económica para la interposición de demandas y reclamaciones en defensa de los legítimos derechos de nuestros clientes.

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